La Inspectoría del Trabajo y el INPSASEL
¿Cómo actúa la Inspectoría del Trabajo y EL INPSASEL?
La inspectoría del trabajo está adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo y a su vez las Unidades de Supervisión están adscritas a la Inspectoría del Trabajo para la supervisión de empresas, establecimientos, explotaciones y faenas, su rol de acuerdo a lo establecido en el artículo 507 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (2012) señala que la misma tiene como función el cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en la ley con competencia en materia de trabajo, inspeccionar las entidades de trabajo dentro de su jurisdicción territorial, vigilar el cumplimiento de la protección del Estado de fuero o inamovilidad laboral de los trabajadores, entre otras competencias. De igual modo, en cada estado del país se encuentra una sede de Inspectoría del Trabajo y en caso de ser necesario la misma podrá extender su jurisdicción territorial a una zona inmediata.
Cada Inspectoría del Trabajo estará a cargo de un Inspector o Inspectora del Trabajo con la
facultad y competencia de poder cumplir y ejecutar todo lo referente a los
actos administrativos para garantizar la aplicación de la normativa laboral
vigente, entre sus facultades, pueden llevar a cabo los actos administrativos
que le sean aplicables a los patronos, también el dictar medidas cautelares en
caso de que no se cumpla el acto administrativo en el plazo que la ley
determina, y el solicitar la revocación de la Solvencia Laboral hasta que el
mismo se cumpla. (Art. 512, 2012, LOTTT), con respecto a su actuación pueden asistir
a los respectivos sitios de trabajo y
hacerlo sin previo aviso pero informando el motivo de su visita. Asimismo,
pueden interrogar y solicitar información relacionada con el área laboral.
Tanto la Inspectoría del Trabajo como el INPSASEL tienen sus propias facultades y competencias, sin embargo, ambos cooperan entre sí para desarrollar la política nacional de seguridad y salud en el trabajo y así poder dar cumplimiento a lo establecido en la normativa laboral vigente, como lo indica el artículo 13 de la LOPCYMAT.




Muy buena información, es bastante detallada
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