Casos en que el patrono o el trabajador están exentos de sanciones.
Casos en que el patrono o el trabajador están exentos de sanciones.
Existen ciertas circunstancias donde tanto el empleador como el trabajador quedan exentos de la aplicación de las sanciones impuestas por la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medioambiente de Trabajo (LOPCYMAT) 2005.
El empleador y trabajador estarán exentos de sanciones en casos impredecibles, fortuitos o de fuerza mayor.
En el trabajo pueden ocurrir diversas situaciones entre ella implica algún caso fortuito donde ocurra un evento de la naturaleza que es impredecible, por ejemplo la ocurrencia de un terremoto, vaguada, entre otros. Asimismo, también existen eventos de fuerza mayor causado por el hombre pero que es inevitable como una inundación, incendio, entre otros. También, es importante señalar que dicho hecho debe ser producto de una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes ni que ninguna de ellas haya contribuido de ninguna forma para poder así eximir de la responsabilidad a ambas partes.
Cabe destacar que la pandemia Covid-19 fue sin duda un evento fortuito o de fuerza mayor, donde la ley debió amparar tanto al empleador como al trabajador, sin embargo siempre y cuando se cumpliera con el protocolo de bioseguridad exigido por el Ejecutivo.
Referencia bibliográfica:
Legalenial. (17 de septiembre de 2021) Caso fortuito y fuerza mayor en accidentes de trabajo. recuperado de:
https://www.legalenial.com/caso-fortuito-y-fuerza-mayor-en-accidentes-de-trabajo/


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