La responsabilidad subjetiva en los accidentes laborales

 La responsabilidad subjetiva en los accidentes laborales 

La responsabilidad subjetiva también conocida como la teoría clásica de la culpa, se refiere a que “si un daño se produce, la victima del daño, deberá cargar con él, a menos que pueda imputárselo a un tercero demostrando que éste tuvo culpa en la producción del daño”. (Hurtado, 2005).

Cabe destacar que este tipo de responsabilidad proviene de hechos ilícitos, en el caso de los accidentes laborales, ocurre según Hurtado (2005) “cuando su actividad haya sido negligente, imprudente o de mala fe”, en este sentido el patrono debe soportar las pérdidas que dicha actividad ocasione a sus trabajadores.





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