La responsabilidad subjetiva en los accidentes laborales
La responsabilidad subjetiva en los accidentes laborales
La responsabilidad subjetiva también conocida como la teoría clásica de
la culpa, se refiere a que “si un daño se produce, la victima del daño, deberá
cargar con él, a menos que pueda imputárselo a un tercero demostrando que éste
tuvo culpa en la producción del daño”. (Hurtado, 2005).
Cabe destacar que este tipo de responsabilidad proviene de hechos
ilícitos, en el caso de los accidentes laborales, ocurre según Hurtado (2005)
“cuando su actividad haya sido negligente, imprudente o de mala fe”, en este
sentido el patrono debe soportar las pérdidas que dicha actividad ocasione a
sus trabajadores.


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